Salto

  • CIRCULAR 50/2019 – JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD DAKAR 2022

     

    CIRCULAR 50/2019 SALTO: JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD DAKAR 2022 – PRUEBAS SELECTIVAS – 4 Y 6 OCT 2019

     

    CIRCULAR 50/2019 (ANEXO ) – JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD DAKAR 2022 – PRUEBAS SELECTIVAS

     

    CIRCULAR 22/2019 – SALTO: JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD 2022

     

    C.A. de Buenos Aires, 24 de septiembre de 2019

    La Federación Ecuestre Argentina a pedido del ENARD realizará a principios del mes de noviembre un CAMPUS en el Club Hípico General San Martín sólo para diez binomios.

    Desde la apertura de inscripciones hasta el día de la fecha contamos con más de 20 inscriptos, por lo que el Coordinador Técnico del Programa YOG 2022, Álvaro Albarracín, el ENARD y esta Federación consideran que la forma más justa para elegir a los 10 binomios que asistirán al CAMPUS es llevando a cabo dos pruebas selectivas.

    Dichas pruebas se harán los días 3 y 4 de octubre en El Rincón de Zangersheide en una altura de 1.15/1.20

    Los interesados deben inscribirse sin costo por e-mail a rchamizo@federacionecuestre.com.ar. Sólo deberán abonar en el Club la estabulación de los equinos.

    Es importante que todos los participantes sepan que no clasificar en las selectivas y participar del CAMPUS NO significa de ninguna manera que hayan quedado afuera del proceso selectivo para representar al país en los próximos Juegos de la Juventud.

    Deben tener en cuenta que será un largo camino de cuatro años donde el CTN seguirá observando a los jinetes que ya están inscriptos y a los nuevos que puedan presentarse.

    Situaciones imprevistas o casos especiales serán resueltos por la Comisión Directiva de la Federación Ecuestre Argentina.

    No será permitido ningún acto de indisciplina que pueda dañar a la Federación, a su Comisión Directiva o la imagen del país. Por cualquier acto de indisciplina el atleta podrá ser sancionado.

    Adjuntamos la Circular No 22/2019 publicada el 10 de abril del corriente año.

     

    CIRCULAR 50/2019 SALTO: JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD DAKAR 2022 – PRUEBAS SELECTIVAS – 4 Y 6 OCT 2019

     

    CIRCULAR 50/2019 (ANEXO ) – JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD DAKAR 2022 – PRUEBAS SELECTIVAS

     

    CIRCULAR 22/2019 – SALTO: JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD 2022
  • INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA HÍPICA – CLÍNICAS DE DISEÑADORES Y JURADOS 2019

    Se recuerda que las Clínicas tanto de Diseñadores Nº 2 y Jurados Nº 2, tendrán lugar de acuerdo con los estipulado en la Circular 05/2019.

    Clínica de Diseño Nº 2

    Exigencias:

    Destinada a los que hayan aprobado la Clínica No 1 y a los Diseñadores que figuren en la Circular 66/2018 y otros documentos ampliatorios, en todos los niveles.

    Fecha y lugar de realización: Martes 06 y miércoles 07 de Agosto de 2019 de 14:300 horas a 16:30 horas, en el Club Hípico General San Martín (Av. Figueroa Alcorta 4800 – CABA).
    Director de la Clínica: My. Julio Orma Carrasco.

    Clínica de Jurados Nº 2

    Exigencias:

    Destinada a los que hayan aprobado la Clínica Nº 1 y a los Jueces que figuren en la Circular 66/2018 y otros documentos ampliatorios, en todos los niveles.

    Fecha y lugar de realización: Jueves 08 y viernes 09 de Agosto de 2019 de 14:300 horas a 16:30 horas, en el Club Hípico General San Martín (Av. Figueroa Alcorta 4800 – CABA).

    Director de la Clínica: Dra. Graciela Valente de Rawson.

    El costo de cada Clínica es: $ 2.500,00.- (Pesos Dos mil quinientos).

  • 8 de Julio de 2019 “Día no laborable Feriado Puente” – 9 de Julio 2019 “Día de Nuestra Independencia”

  • Resolución sobre Piroplasmosis

    DESCARGAR: Resolución sobre Piroplasmosis

     

    Buenos Aires, 23 de Mayo de 2019

    Dra. Ximena Melon
    Directora de la Dirección de Comercio Exterior Animal
    SENASA

    Dr. Matías Nardello
    Director de la Dirección Nacional de Sanidad Animal
    SENASA

    REFERENCIA: Requisitos Zoosanitarios de los Estados Parte para la Importación Definitiva de Équidos (MERCOSUR/GMC/RES 08/18).

    El día 15 de mayo, en las oficinas de SENASA ubicadas en Paseo Colón 337, se llevó a cabo una reunión entre miembros de la Dirección Nacional de Sanidad Animal y de la Dirección de Comercio Exterior Animal de SENASA, miembros de la Comisión Nacional de Sanidad Equina (CONASE), operadores comerciales internacionales y representantes de empresas vinculadas al comercio internacional de equinos, para discutir la implementación de la Resolución de referencia en cuyo Artículo 20 (Piroplasmosis equina), Inciso 20.1 se establece que: “Podrán ser aceptados animales que presenten resultado positivo a una de las pruebas indicadas en este artículo, siempre que no presenten signos clínicos de piroplasmosis en el momento de los exámenes clínicos indicados en esta Resolución y sean tratados contra garrapatas dentro de los siete (7) días que anteceden al embarque”.

    Durante el transcurso de la reunión la Dra. Jimena Melón realizó una presentación de la enfermedad, haciendo énfasis en el diagnóstico, la situación en Argentina y en el mundo, y la reglamentación de la OIE, argumentado el nuevo cambio en la normativa del MERCOSUR que comenzó a regir desde el mes de noviembre de 2018. Los participantes de la mesa, representantes de distintas entidades relacionadas a la Industria Hípica manifestaron su desacuerdo con esta nueva normativa, y por medio de la presente carta solicitan se revea la situación, a modo de no permitir la importación de animales positivos a Piroplasmosis equina.

    Las razones que se plantean para rechazar esta medida son:

    1. La piroplasmosis es una importante restricción en el comercio internacional de caballos. Países como USA, Canadá, Singapur, Australia, y muchos otros, que importan caballos argentinos, exigen animales NEGATIVOS serológicamente a esta enfermedad. La exportación de caballos argentinos SPC, Polo, Salto, Endurance, a todo el mundo es de vital importancia para nuestra industria hípica. Un ingreso irrestricto de caballos POSITIVOS a piroplasmosis de países como Brasil, en los cuales la tasa de prevalencia es muy alta (1, 2), genera un riesgo principalmente para la región Pampeana. Resultados oficiales de un muestreo realizado por SENASA en el año 2012 demuestran que la prevalencia de la Región Pampeana, zona de mayor importancia económica para la industria hípica, es de entre 0.6-0.8%.

    2. La prevalencia de la enfermedad en la región Pampeana, donde residen la mayoría de los caballos de alto valor económico, era de alrededor del 5% en 1984 (principalmente Theileria equi). Desde ese año hasta el 2003, se controlaron más de 3.000 caballos por año, realizando un control serológico a los animales que se exportaban así como también en los haras de SPC, manadas de Polo, clubes de
    Salto, etc. Los resultados de este trabajo fueron publicados en el Congreso WEVA (3). Gracias a este trabajo progresivo durante más de 30 años e incentivado principalmente por los beneficios que generaba para la industria hípica una disminución de la prevalencia de la enfermedad en la región Pampeana, la prevalencia de la misma se encuentra actualmente entre el 0,3 y 0,5 % (datos provenientes del Laboratorio Clínica Equina, laboratorio autorizado por SENASA y certificado por el NVSL, USDA).

     

    Se aclara que los datos del 2003 en adelante fueron agregados posteriormente al 2003.

    3. Si bien Argentina no es un país libre a piroplasmosis, la prevalencia de la enfermedad se encuentra “zonificada”, siendo el norte de nuestro país una zona que presenta alta prevalencia mientras que, como se mencionó anteriormente, la región pampeana y otras provincias de la región centro y sur presentan en la actualidad una prevalencia cercana a cero. Esta situación, podría considerarse similar a aquella que se registra en USA, país que si bien es declarado libre para la OIE porque la mayoría de los estados realizan un control, posee algunos estados (ejemplo Texas) que tienen prevalencias altas a piroplasmosis. Es necesario recalcar que USA exige animales negativos, o los controlan en destino (que a los efectos prácticos es lo mismo). De esta manera, podría generarse en nuestro país un sistema de control sobre los animales de la región pampeana que permita establecer a dicho región como una zona de control activa contra piroplasmosis.

     

    4. Todos los países de Sudamérica, con la excepción de Chile y Uruguay, presentan una prevalencia que supera ampliamente a aquella que presenta la región pampeana de nuestro país. Esto incluye a países como Brasil, Colombia, Venezuela, Ecuador, Paraguay, etc. Como ejemplo, en el trabajo publicado por Calderon y col, 2013 (3), hallaron que el 18,25 % de los 126 caballos analizados por búsqueda de Babesia caballi y equi en frotis coloreados con tinción de Wright, dieron positivos a piroplasmosis. Si estos 126 caballos hubiesen sido controlados por CELISA, es seguro que el porcentaje de positivos hallado hubiese sido mucho más alto.

    En Brasil, Kerber y col., 2009 (2), hallaron que la prevalencia determinada por el test de CELISA era del 54,1% para T. equi y de 21,6 % para B.caballi.

    Adicionalmente, hemos podido corroborar esto por controles serológicos realizados a muestras procedentes de distintos países de Sudamérica en el Laboratorio de Clínica Equina. La ausencia de síntomas clínicos y de garrapatas, disminuye, pero no garantiza de ninguna manera, las posibilidades de transmisión de la infección. Si bien la garrapata es el vector natural de la piroplasmosis, existen otras formas conocidas de transmisión, como la iatrogénica. Prueba de esto es que la prevalencia de la enfermedad en los años 80 era del 5% en ausencia de garrrapatas (4).

     

    5. Al permitir el ingreso de animales POSITIVOS a piroplasmosis podría establecerse un progresivo aumento de la prevalencia de la enfermedad tanto en la región pampaeana como también en otras provincias de baja prevalencia, arruinando por completo el enorme esfuerzo realizado en los últimos 30 años. Insistimos, en la zona Pampeana se registraron prevalencias altas antes de que la industria hípica (empresas privadas) aplicara un sistema de control de la enfermedad.

     

    6. La situación epidemiológica de Argentina con respecto a Piroplasmosis equina es muy diferente a la que presentan otros países del MERCOSUR, como por ejemplo Brasil, Bolivia, Paraguay, quienes presentan prevalencias que rondan el 50% (1, 2). No existe ninguna garantía que nos asegure que esta medida no resultará en un aumento significativo de caballos importados POSITIVOS y por consiguiente, con una progresiva diseminación de la infección en la población sana de caballos.

    Conclusión: la decisión de permitir el ingreso de animales seropositivos a piroplasmosis desde países endémicos es altamente riesgosa, ya que podría alterar la actual situación epidemiológica de la enfermedad en nuestro pais, ocasionando un grave perjuicio económico para la industria hípica, debido a que esta enfermedad es una restricción para la exportación de caballos a ciertos países (ejemplo USA).

    De la misma manera que en USA, podría establecerse alguna medida de control oficial para el tránsito de animales desde la zona norte de nuestro país a la región pampeana, como una forma de control activo de la Piroplasmosis en dicha región, así como también un registro oficial de establecimientos que realicen el diagnóstico como medida de control.

    Por todas las razones expuestas, se solicita se considere la revocación de la Resolución 08/18 para la importación definitiva de equinos en su Artículo 20, Inciso 20.1.

     

    DESCARGAR: Resolución sobre Piroplasmosis

     

    Referencias:

    1- Xuenan XUAN, Akiko NAGAI, Badgar BATTSETSEG, Shinya FUKUMOTO, Levi Hakwale MAKALA, Noboru INOUE, Ikuo IGARASHI, Takeshi MIKAMI, Kozo FUJISAKI. “Diagnosis of equine prioplasmosis in Brazil by serodiagnostis methods with recombinant antigens”, 2001, Journal of medical veterinary science, 63-10.

    2- Claudia E. Kerber; Marcelo B. LabrunaI; Fernando Ferreira; Daniel T. De Waal; Donald P. Knowles; Solange M. Gennari. “Prevalence of equine Piroplasmosis and its association with tick infestation in the State of São Paulo, Brazil”, 2009, Rev. Bras. Parasitol. Vet., 18.

    3- Alfonso Calderón, José Cardona, Óscar Vergara. “FRECUENCIA DE Babesia spp. EN CABALLOS DE MONTERÍA, CÓRDOBA (COLOMBIA)”, 2013, Rev. U.D.C.A Act. & Div. Cient. 16(2): 451-458, Julio-Diciembre.

    4- Equine Piroplasmosis: the disease and its importance in the international movement of horses, (T. Becu, G. Polledo, J. M. Reynal O´Connor) . Proceedings of the World Equine Veterinary Association (WEVA), Buenos Aires, Argentina, Oct. 15-17, 2003.

  • REGIONAL – JOCKEY CLUB TUCUMÁN – 28 AL 30 JUN 2019

  • Presentación – Caballos Compartidos 2019 – PARAGUAY – 11 al 14 de Julio de 2019

     

    DESCARGAR: Presentación – Caballos Compartidos 2019 – PARAGUAY – 11 al 14 de Julio de 2019

     

  • Secretaría de Enseñanza de las Disciplinas Hípicas

  • ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DEL REGIMIENTO “GRANADEROS A CABALLO GENERAL SAN MARTÍN”

  • Murió Diego Caplan

  • SALTO – REGLAMENTO FEI 2019

    Con motivo de encontrarse vigente el Reglamento FEI -2019 ; se realizará el martes 12 de marzo a las  17:00 horas , una reunión de trabajo en dependencias de la FEA – Gorostiaga 2287 – CABA.

    La misma tiene como destinatarios a los Jueces de Salto y especialmente a los que se encuentran con actividad frecuente en los concursos nacionales e internacionales de nuestro medio.

    La concurrencia no es obligatoria y la FEA hará llegar a los Jueces del interior un resumen de lo tratado.

    Será bienvenida cualquier consulta al respecto vía e-mail: fea@federacionecuestre.com.ar

    Favor confirmar concurrencia antes del viernes 08 de marzo a las 18:00 horas.

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